Hablamos constantemente en este blog de las posibilidades que nos brinda la transformación digital, imparable gracias al desarrollo de las nuevas tecnologías que inundan nuestro día a día.
Un claro ejemplo es la nueva realidad social que muestra la economía colaborativa. Habitualmente observamos el proceso de digitalización desde un prisma empresarial y profesional, aunque con ejemplos muy cotidianos, pero hoy queremos abordarlo desde el punto de vista de un ciudadano de a pie: algunos porque han visto cómo su vida ha ido cambiando en los últimos 10 años de forma radical en cuanto a la manera de comunicarse con su entorno, informarse, contratar servicios, etc… o los más jóvenes, los famosos nativos digitales, porque no conocen un mundo sin Internet, ni sospechan que hace muy poco hablábamos por teléfono pegados a una pared, viendo una televisión muy gorda que ofrecía sólo dos canales, y todo cuanto contratábamos lo buscábamos en unos tomos enormes con páginas amarillas en las que las empresas publicitaban sus servicios.
Hoy, sin embargo, estamos inmersos en pleno debate sobre la economía colaborativa o “sharing economy”. El desarrollo de plataformas tecnológicas ha permitido interconexiones impensables, que han generado modelos de negocio basados en poner en contacto a particulares entre sí para el intercambio de productos o servicios: crowdfunding, carsharing, crowdlending, alojamientos compartidos y otros. Un paradigma nuevo en la economía mundial, hasta tal punto, que empresas como Uber, Blablacar, o Airbnb, se enfrentan a diario con demandas de los sectores que los consideran rivales desleales.
La pasada semana se publicó la sentencia favorable para Blablacar en España, que supone la confirmación de que este modelo de empresas tienen un largo futuro y que la innovación no puede penalizarse. Desde agosto de 2015 están en los tribunales por una demanda interpuesta por Confebus (patronal de las compañías de autobús) por entender que Blablacar ejercía competencia desleal y operaba al margen de la ley que regula el sector del transporte. Pues bien, los tribunales ya se han pronunciado concretando que
Blablacar no es una compañía de transporte, sino un servicio ofrecido a través de la sociedad de la información, por lo que no le afectan las leyes del transporte. (twittealo)
Es decir, ratifica el argumento que todas estas empresas utilizan para constatar la legalidad de su actividad.
Una realidad social que crece de manera exponencial, en un país que está a la cabeza de Europa en uso de este tipo de plataformas colaborativas
6% de los españoles, respecto al 5% de media europea
PriceWaterhouseCoopers estima en el informe del Foro Europeo de Economía Colaborativa, que este sector generará 315 billones de € en 2025.
Las ventajas para los usuarios están muy claras: mejor precio, mejor acceso, mejor calidad, aumento de la elección… en definitiva, EL PODER ESTÁ EN MANOS DEL CONSUMIDOR.
El debate está servido, comentarios a favor y en contra de este posicionamiento inundan la red estos días, os animamos a leer algunos especialmente determinantes de usuarios que comentan una noticia en un periódico digital, o simplemente el hashtag lanzado por la propia compañía #BlaBlaCarEsLegal.
El asunto crítico está en la falta de regulación jurídica que existe al respecto. Al ser un nuevo tipo de economía emergente, como siempre sucede, los avances sociales van por delante de las instituciones legislativas, lo cual dificulta la innovación. Por este motivo, muchos son los defensores de la autorregulación de estos sistemas colaborativos, puesto que las opiniones y recomendaciones de otros usuarios, funcionan como garante de calidad mejor que las instituciones, y un mal servicio será penalizado inmediatamente por la comunidad eliminándolo incluso de la plataforma. El mismo informe mencionado arriba, establece que el 64% de los consumidores opina de esta manera.
Y es cierto, así están funcionando a día de hoy, pero hay otras cuestiones que tienen importantes implicaciones para la economía de un país: fiscalidad, libre competencia, trabajadores autónomos… Para el pago de impuestos por los ingresos generados con estos servicios debe crearse regulación específica para estos casos, por disruptivos. La posibilidad de acceder a nuevos mercados para este tipo de empresas sin trabas jurídicas, debe ser también legislada para atraer competencia, innovación y nuevos modelos de ingresos para la sociedad. En este sentido, Europa se ha mantenido favorable a facilitar la llegada de este tipo de empresas a países europeos, pero matizando sobre su regulación específica.
Todavía está por ver cómo se van desarrollando los acontecimientos porque aún hay procesos abiertos por parte del sector del Taxi contra empresas como Cabify o Uber que ha tenido que modificar sus condiciones para poder operar en España. Confebus ya ha declarado además que va a recurrir la sentencia, por lo que aún traerá cola el tema en España y desde nuestro Mutante Digital seguiremos de cerca el tema para poder informaros sobre ello.